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En
otras situaciones las condenas sólo fueron de siete dólares diarios
El Estado llegó a pagar 250 dólares por cada día de prisión indebida Una
nueva investigación conducida por el abogado experto en daños, Leonardo Ayala,
concluyó en que el Estado uruguayo paga promedialmente 42,12 dólares por cada
día en que una persona fue indebidamente recluida en alguna de sus prisiones.
PóLIZA brinda a sus lectores un avance de dicho trabajo, el que será completado
en próximos números con el análisis de casos concretos El
reciente trabajo de investigación de Leonardo Ayala -en su anterior número PóLIZA
dio cuenta de otro sobre mala praxis- comprende el estudio de sentencias dictadas
por Tribunales de Apelaciones en lo Civil, sobre reclamos entre 1998 y 2003, condenatorias
del Estado y que fueron publicadas en La Justicia Uruguaya. La Ley 15.859
a través de su artículo 4° determina que "Quien haya sufrido prisión preventiva
en un proceso penal sin haber sido en definitiva condenado a pena privativa de
libertad por lo menos igual al lapso de prisión preventiva sufrida, tendrá derecho
a recibir del Estado la indemnización en dinero de los perjuicios materiales y
morales que dicha prisión preventiva -el exceso de ella, en su caso- le hubieren
causado". El documento, al que tuvo acceso PóLIZA, destaca fundamentaciones
expresadas por los magistrados en algunas de sus decisiones. En tal sentido expresa
por ejemplo que "resulta unánime y desde hace tiempo considerable, reiteradamente
sostiene nuestra jurisprudencia, que la responsabilidad del Estado en estas circunstancias
es objetiva, la ratio legis de la norma precitada ... Material
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